¿Ha realizado trato de favor la Junta de Andalucía, a través de su Servicio Andaluz de Salud (SAS), a dos laboratorios adjudicatarios en las cuartas subastas de medicamentos? Así lo recoge una demanda presentada por la patronal farmacéutica andaluza Ceofa contra la resolución del SAS —publicada el 24 de julio de 2014— que desarrollaba la cuarta convocatoria de este procedimiento de selección de medicamentos a dispensar en las oficinas de farmacia regionales. Esta demanda en recurso contencioso-administrativo solicita la nulidad de la convocatoria, así como de los citados convenios por contener presuntas “cláusulas de mejora” frente a sus competidores.
Según se alerta desde esta patronal, el posible “favoritismo” del SAS hacia las citadas compañías se refleja en dos adendas incluidas en los convenios firmados entre ambas partes, que no se incluyen en los convenios suscritos con el resto de laboratorios adjudicatarios, y que, “de facto”, les permitirían “poder desistir del mismo en caso de reducirse el precio de venta al público de sus medicamentos sin que el SAS puede ejercer reclamación alguna”, denuncia la empresarial andaluza. Según Ceofa, no solo se vulneraría el principio de igualdad, sino que “parece un claro favoritismo hacia ambos laboratorios”.
No sería ésta la única situación en la que el SAS estaría caminando por el borde de la legalidad o, directamente, traspasándola. En esa misma denuncia, Ceofa alerta que “al menos 19 de los medicamentos seleccionados carecían de comercialización en la fecha de la cuarta convocatoria”. Cabe recordar que la Ley 22/2017 de Farmacia de Andalucía determina que es requisito indispensable para ser seleccionados que los medicamentos subastados, en la fecha de constitución de los convenios, estén comercializados. También dicha ley señala que “la cuantía de la mejora económica será inviable durante el plazo de vigencia del convenio, con independencia de la causa, siendo causa de resolución de convenio”, mientras que Ceofa denuncia que “la cláusula séptima de los convenios abre la posibilidad de incumplir lo establecido en esta ley”.
Ley de Competencia Desleal
La lista de presuntas irregularidades que se atisban en las cuartas subastas de medicamentos andaluzas también salpica a la Ley de Competencia Desleal. En este caso, en lo que respecta a las mejoras económicas ofrecidas en algunos medicamentos para ganar la adjudicación.
En el caso de esta convocatoria, uno de los laboratorios seleccionados ofrece, para una de sus presentaciones, una mejora por cada unidad dispensada que implica para dicho fabricante una pérdida de 0,90 euros por cada dispensación. Para los farmacéuticos titulares andaluces, esta actuación, “además de sorprendente, podría ser contraria a la Ley de Competencia Desleal”, indican. Todo ello sin olvidar que “por imperativo legal, los contratos jurídicos de la Administración deben estar presididos por el principio de riesgo y ventura, lo cual estaría siendo potencialmente vulnerado”.
En esta nueva demanda, que s se une a otras ya presentadas por Ceofa contra las convocatorias anteriores, no se deja pasar la oportunidad de incidir en la “discriminación” que supone esta medida para los ciudadanos andaluces respecto al resto de España.






































