Abogado de Uria y Menéndez viernes, 20 de junio de 2014 h
Los recortes en la prestación farmacéutica en Andalucía siguen siendo noticia tras la publicación de la cuarta convocatoria de las denominadas “subastas andaluzas” y la convocatoria de un nuevo concurso de Alternativas Terapéuticas Equivalentes (ATEs). Al igual que las anteriores, la cuarta convocatoria de la subasta de medicamentos es, en nuestra opinión, nula de pleno derecho por invadir competencias reservadas en exclusiva al Estado y vulnerar la normativa aplicable en materia de prestación farmacéutica.
Sin embargo, esta nueva subasta es la primera que se convoca tras la aprobación de la Ley 10/2013 que modificó el artículo 88 de la Ley de Garantías para garantizar el acceso de los ciudadanos a la prestación farmacéutica en condiciones de igualdad en todo el territorio nacional. Este principio de igualdad territorial no es nuevo en nuestro ordenamiento, pero su vulneración por las subastas de medicamentos es aún más evidente, si cabe, tras esta modificación.
Previsiblemente, los afectados por esta nueva convocatoria interpondrán, una vez agotada la vía administrativa, recursos contencioso-administrativos, como ya hicieron contra las anteriores. En cuanto al concurso de ATEs, que ha sido suspendido cautelarmente por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TARC) de Andalucía, si bien los nuevos pliegos han subsanado los vicios por los que el TARC anuló la anterior convocatoria el pasado mes de marzo, nada han cambiado en lo esencial respecto de los anteriores.
Cabe destacar que considero que este nuevo concurso vulnera, como lo hacía el anterior, la normativa de contratación pública, en la medida en que agrupa en lotes medicamentos distintos que no constituyen una unidad funcional. Asimismo, los pliegos vulneran el régimen legal de acceso a la prestación farmacéutica y, por tanto, el derecho a la protección de la salud de los pacientes de Andalucía. Contra este concurso podía interponerse recurso especial en materia de contratación ante el TARC o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa.






































