J. Ruiz-Tagle Madrid | viernes, 28 de junio de 2013 h |

La Agencia Española del Medicamento (Aemps) emitió el pasado 31 de julio una orden por la cual encomendaba a los laboratorios a ajustar las presentaciones de sus antibióticos a los requisitos de los tratamientos para, de esta forma, mejorar la eficiencia clínica y el ahorro en gasto farmacéutico. Cabe destacar que la Administración dio de plazo hasta el pasado 1 de mayo para que las compañías elaboraran los nuevos formatos y comenzaran su comercialización, plazo que han cumplido de manera escrupulosa.

Desde el momento en que se han incorporado los nuevos códigos nacionales en el nomenclátor de facturación, los laboratorios no podrán liberar nuevos lotes de los formatos antiguos, pero podrán mantenerlos en el canal farmacéutico hasta el 1 de noviembre de 2013. Por tanto, convivirán ambos formatos durante estos meses. A partir de esa fecha, la Aemps iniciará el procedimiento de eliminación de los formatos antiguos.

“Está previsto que durante este periodo de convivencia, tanto los formatos antiguos como los nuevos, permanezcan en situación de alta en el nomenclátor de facturación, y a partir del 1 de noviembre los códigos antiguos pasarán a la situación de baja facturable”, aclararon desde el Colegio de Farmacéuticos de Madrid. Con esta adecuación de los formatos encomendada por la agencia se eliminarán un total de 81 presentaciones. Dos amoxicilinas; 65 amoxicilinas/clavulánico; cinco azitromicinas, cinco claritromicinas; una eritromicina; dos fenoximetilpenicilina; y un tinidazol serán retirados de la comercialización.

En la Comunidad de Madrid, tanto el colegio de farmacéuticos como la consejería ya han transmitido la mecánica que deben seguir los farmacéuticos durante el periodo de convivencia. Así, para el caso en el que el medicamento prescrito se encuentra en el canal de farmacia, se dispensa el medicamento prescrito como habitualmente se hace, puesto que se encuentra en el canal de farmacia. Para el caso en el que el medicamento prescrito no está disponible en el canal de farmacia se abren dos posibilidades.

Si en la receta consta la posología y la duración del tratamiento y no se encuentra el medicamento prescrito, se dispensará el formato que más se aproxima, según la posología y la duración de tratamiento, en número de unidades a la necesidad del paciente. De forma general, el medicamento elegido será aquel que más se aproxime, preferiblemente por exceso, a la pauta marcada. Si no se encontrara tampoco el medicamento más adecuado según la posología, se da el siguiente tamaño, preferiblemente por exceso.

Por el contrario, si en la receta no consta la posología ni la duración de tratamiento y no se encuentra disponible el medicamento prescrito, se dispensará el formato más próximo en número de unidades, preferiblemente por exceso, al formato prescrito. Por último, si no se dispone del formato prescrito por el médico y en la receta no consta la posología o la duración de tratamiento, y tampoco se encuentra un formato más próximo, se puede dispensar el formato del medicamento prescrito siguiendo la tabla de equivalencias recogida en el anexo I de la Resolución que emitió la Aemps.

Como nota reseñable en el proceso de adecuación de las presentaciones afectadas, cabe destacar que el nomenclátor de facturación no recoge el precio de referencia en la orden que el ministerio mantiene en curso. En cualquier caso, a efectos prácticos, los medicamentos afectados se regirán por el precio menor.