José Mª López Alemany Director de El Global | viernes, 23 de mayo de 2014 h |

Una vez que el Real Decreto de Precios de Referencia está aprobado y, en los próximos días lo hará la orden que pone en marcha el sistema, no hay nada que hacer con los plazos que se han establecido. Unos plazos francamente insuficientes que dificultarán las tareas de gestión de compañías, distribución y farmacias. Aún así hay que reconocerle al Ministerio de Sanidad que, con respecto al borrador de orden que presentó el año pasado, se ha mejorado muchísimo.

A pesar de esa mejora, no se puede olvidar que una cosa es lo que desde un despacho se escriba y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y otra lo que sea posible a pie de almacén. Por ello, tanto la industria como la distribución están pidiendo al Ministerio de Sanidad algo tan lógico y entendible como que les comuniquen con una mínima antelación, la fecha en la que está prevista la publicación de la Orden de Precios de Referencia (OPR) en el BOE. Esta comunicación es de gran importancia porque al día siguiente de la publicación, las compañías tienen que empezar a servir a precios nuevos. A las distribuidoras, se les dejarán veinte días, pero si no están prevenidas del día en el que tendrá lugar la bajada se podría producir desabastecimientos de importancia en algunos productos al reducirse el volumen de stock.

Parece ser que el ministerio estaría por la labor de indicar a los interesados que lo pregunten la fecha estimada de publicación. Me alegro. No supone ningún perjuicio para las arcas públicas y, por el contrario, supone un alivio para los agentes. Especialmente porque a día de hoy no se sabe si la OPR se publicará el 30 ó 31 de mayo, algo improbable, o ya se esperará a dar tranquilamente respuesta a la avalancha de alegaciones para publicarla a lo largo de junio. Lo que parece claro es que los ahorros en farmacia se empezarán a ver a partir de agosto, puesto que la farmacia podrá facturar a precio antiguo hasta el 31 de julio.

A la vista de esta situación y de la actuación que parece que va a llevar a cabo el ministerio, lo que no entiendo es por qué se eliminaron los periodos de adaptación para la industria. Con lo fácil que habría sido establecer la obligatoriedad de bajada de precio a los diez días de la publicación. De este modo se daría garantías y seguridad jurídica al sector. Ahora se estará a expensas de lo que el ministerio quiera hacer en cada una de las órdenes. Y es que, lo que tengo claro es que la notificación previa es algo lógico e, incluso de justicia para evitar males menores. Además, aunque hay controversia, según algunos juristas esta notificación podría ser también una obligación legal si se considera que la OPR es un acto administrativo y no regulatorio.

Hubiera sido más fácil mantener un periodo de adaptación de precios para la industria

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