El nuevo Sistema de Precios de Referencia (SPR) elimina todos los periodos de convivencia de precios que había estado vigentes hasta el momento. Así se recoge en el proyecto de Real Decreto por el que se regula el sistema de precios de referencia y agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud y que el Ministerio de Sanidad ha remitido para consulta pública.
De este modo, el texto remitido por Sanidad establece que las presentaciones de medicamentos con precio superior al de referencia se suministrarán por los laboratorios farmacéuticos a un precio industrial que se corresponda al de referencia con “un carácter inmediato”. De este modo, el suministro al precio que corresponda con el de referencia será “a partir del día siguiente al de la entrada en vigor” de las órdenes por la que se determinen los nuevos precios de referencia y sus revisiones. En lo que se refiere a las oficinas de Farmacia, se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones al Sistema Nacional de Salud, incluidas las correspondientes a las mutualidades de funcionarios mencionadas anteriormente, cerradas “a partir del primer día del mes siguiente al de la entrada en vigor de las sucesivas órdenes” por las que se determinen los nuevos precios de referencia y sus revisiones.
En la actualidad, los periodos de convivencia existentes eran de 50 días para la industria desde la aprobación de la correspondiente orden, 20 para la distribución (70 desde la publicación) y 20 para la farmacia (90 desde la publicación), pudiéndose alargar este último periodo para hacerlo coincidir con el último día correspondiente a un mes natural.
Solo en la primera orden que se apruebe a partir de la entrada en vigor del RD de Precios de Referencia se permitirá un periodo de convivencia de 20 días para la distribución y “hasta el último día del primer mes siguiente al de la entrada en vigor de la orden”, que podría suponer de entre 30 y 60 días, para la farmacia. A partir de entonces, el primer día del mes siguiente a la aprobación de la correspondiente orden serán de aplicación los nuevos precios.
De este modo, aunque diversos agentes del sector habían estimado que la vigencia en farmacias de la nueva Orden de Precios de Referencia (OPR) no llegaría hasta abril de 2014, este cambio en los calendarios acelerará su puesta en marcha, pudiendo llegar a ser el 1 de febrero o marzo próximos.
Respecto al impacto presupuestario que tendrá la puesta en marcha de este nuevo sistema, la propia memoria económica que acompaña al proyecto de real decreto explica que no es posible determinarlo ya que el objeto de este real decreto es el “establecimiento de un marco jurídico estable y transparente que permita la aplicación de los sistemas de precios de referencia y de agrupaciones homogéneas en la financiación de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud”. De este modo, “solo cabrá hablar de impacto presupuestario concreto y determinarlo” cuando se produzca la futura OPR.






































