Juan Suárez y Xavier Moliner son abogados de Faus & Moliner Decía Julius Hermann Von Kirchmann que tres palabras del legislador bastan para convertir bibliotecas enteras en basura. El gran jurista decimonónico hacia referencia a la evanescencia del derecho positivo, lo que, a su juicio, impedía el desarrollo de una verdadera ciencia del Derecho. Pero su reflexión también nos recuerda la importancia de que los poderes públicos elijan cuidadosamente sus palabras a la hora de legislar. Y es que, de dicha elección dependerá en buena medida que la norma pueda cumplir de forma eficiente su objetivo y que no de lugar a efectos indeseables. Viene todo esto a cuento de la absurda polémica que se está volviendo a generar en los últimos tiempos en relación con las deducciones sobre el precio de los medicamentos y productos sanitarios que la industria está obligada a aplicar en sus ventas a hospitales y centros públicos de salud. Cuando se introdujeron estas deducciones a través del RDL 8/2010, como parte de un paquete de medidas gubernativas destinadas a la contención del déficit, el primer problema que planteó su aplicación práctica era si debían aplicarse también cuando la compra se estuviese llevando a cabo en virtud de un contrato de suministro formalizado con anterioridad a la entrada en vigor del susodicho RDL 8/2010. Aunque el Ministerio de Sanidad se apresuró a aclarar que las deducciones solo debían aplicarse a compras efectuadas en el contexto de contratos suscritos con posterioridad, muchas comunidades autónomas vieron claramente la oportunidad de obtener ahorros adicionales, aún cuando ello supusiera aplicar una interpretación de la norma que se apartaba radicalmente del criterio manifestado por al Administración General del Estado. El resultado es bien conocido por todos, una aplicación desigual del precepto dependiendo del territorio donde nos encontremos, y valiosos recursos, de los que la industria no puede prescindir precisamente en este momento, gastados en discutir la cuestión en los tribunales. Lo peor del asunto es que el más reciente RDL 9/2011 vino a introducir cambios en este régimen, introduciendo una nueva deducción en el precio de venta de ciertos medicamentos. Se presentaba pues una ocasión inmejorable para zanjar definitivamente la polémica, mediante algo tan simple como una cuidadosa redacción del precepto que dejase claro, de una vez por todas, el ámbito de aplicación de estas deducciones. Esta oportunidad, sin embargo, se dejó pasar. Y ahora nos encontramos en la absurda situación de que el Ministerio de Sanidad ha tenido que volver a salir al paso del asunto, aclarando a petición de una asociación de la industria que la nueva deducción del 15 por ciento sobre el precio de venta tampoco debe aplicarse a compras efectuadas en virtud de contratos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva deducción. Mucho nos tenemos, sin embargo, que el asunto tendrá que dilucidarse nuevamente en los tribunales. Y no nos parece que estén las cosas para desperdiciar más tiempo y dinero en polémicas innecesarias. Especialmente cuando, como en el caso que nos ocupa, es la segunda vez que nuestras autoridades tropiezan en la misma piedra. Los clásicos siempre están de actualidad, por ello precisamente son clásicos, y si nuestras autoridades hubieran tenido presente la reflexión de Von Kirchmann, y hubieran elegido con un poquito más de cuidado sus palabras, todos nos estaríamos ahorrando un buen montón de problemas ahora mismo. | viernes, 09 de diciembre de 2011 h |

El Ministerio de Sanidad tuvo la oportunidad de acabar con la polémica con el RDL 9/2011 pero se dejó pasar