La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe, a instancias del Ministerio de Sanidad, sobre el proyecto de Orden que regula la oferta de productos ortoprotésicos en el Sistema Nacional de Salud. El organismo exhibe su mayor crítica a la financiación prevista para estos productos: “No se incorporan incentivos para evitar alineamientos de operadores al Importe Máximo de Financiación ni incentivos de que existan productos a precios sustancialmente inferiores a ese importe” dentro de la orden ministerial. Por ello, la CNMC propone valorar otras opciones de intervención de precios de una menor intensidad y amplitud regulatoria. “Podría explorarse el sistema de precios de referencia o de precios seleccionados para estos productos, como el implantado con éxito para los medicamentos (con sus debidas particularidades), prevista expresamente esta opción para las ortoprótesis” desde la aprobación del texto refundido de la Ley de Garantías el pasado año.
Más allá de la propuesta, la CNMC también critica el propio concepto de Importe Máximo de Financiación, tanto desde una óptica técnica como de resultado. El ministerio fija este valor en función de precios actuales de importes máximos de financiación de catálogos existentes y de precios vigentes en Francia e Italia. Ante esto, la CNMC alerta de que no se aporta garantía de que los precios de los catálogos de países elegidos estén eficientemente fijados y se obvian singularidades del lado de la oferta y de la demanda de cada país. Asimismo, la otra crítica del organismo se cimenta sobre “un riesgo de alineamiento de operadores y no ofrece incentivos para que existan precios sustancialmente inferiores al techo marcado por el Importe Máximo de Financiación”.
Junto a estas recomendaciones de índole económico, la CNMC también incide en otra de carácter legislativo. En este sentido, el organismo explica al Ministerio de Sanidad que el marco normativo resulta “extraordinariamente confuso y adolece de coherencia, simplicidad y seguridad jurídica, en perjuicio de los operadores y de los ciudadanos”. Por ello, propone su revisión “coherente y sistemática, bajo los principios de buena regulación”. Además, la CNMC critica que el proyecto de orden ministerial exija diversos requisitos (licencia de la Aemps, autorizaciones autonómicas, comunicaciones al registro de responsables de la Aemps) únicamente a las empresas radicadas en territorio español. “Se considera que para fortalecer la seguridad jurídica y evitar el riesgo de reducción del número de potenciales entrantes y, en consecuencia, la tensión competitiva en esta prestación, es necesario clarificar en el proyecto los requisitos de participación de empresas no radicadas en España”, asegura el informe.
Otro de los aspectos que la CNMC cree que es mejorable son los plazos de inclusión de estos productos. La orden ministerial fija un tiempo máximo de seis meses, periodo excesivo desde el punto de vista del organismo consultivo. “En caso de reducción del plazo, la oferta de productos podría tener un mayor dinamismo”, aseveran.






































