O. MASPONS / V. CAMARASA Barcelona/Valencia | domingo, 01 de septiembre de 2013 h |

La aprobación del RDL 8/2013 de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros significó un respiro para las farmacias de algunas comunidades a las que se les debía una serie de facturas, lo que ponía en riesgo su viabilidad. Tres meses después de la puesta en marcha de este RDL se ha concluido el proceso de recepción, revisión y aprobación de facturas, por lo que las boticas esperan que en octubre se realicen los pagos adeudados de facturas anteriores al 31 de mayo de 2013 y, de esta forma, se proceda a normalizar una situación que ha sido la principal preocupación del colectivo en los últimos años.

A este respecto, son las boticas de dos autonomías, la Comunidad Valenciana y Cataluña, las principales afectadas por los impagos y las que ahora esperan con mayor impaciencia que desde el Ministerio de Hacienda se libere el dinero para hacer efectivo el pago de lo adeudado a través de los fondos destinados al Plan de Pago a Proveedores (8.200 millones de los más de 20.000 millones inicialmente previstos), una vez que ambas comunidades se adhirieron al mismo y que el cien por cien de las farmacias ubicadas en ambas hicieron lo mismo. “Ahora solo queda esperar que se haga efectivo el pago. No debería haber problemas para que recibir las facturas adeudadas en octubre”, manifestó a EG Jaime Carbonell, presidente de los farmacéuticos de la Comunidad Valenciana.

Gran deuda

En el caso de la Comunidad Valenciana la deuda asciende a cerca de 400 millones de euros de las facturas de octubre, noviembre, marzo, mayo y la mitad del mes de septiembre de 2012. “Se trata de una cantidad muy importante que esperamos que se abone de inmediato porque, una vez que nos paguen, las farmacias deberán pagar a su vez las deudas que tienen con distribuidores y entidades bancarias”, indicó Carbonell.

Cabe destacar que la Generalitat Valenciana abonará 22.800 facturas pendientes de pago por un importe de 871,7 millones a través de este plan de pago para 2013 (en un principio eran 3.812,82 millones de euros). Es decir, que poco menos de la mitad del importe de esas facturas adeudadas en esta comunidad son de las oficinas de farmacia. “Esperamos que no fallen, no haya retrasos y se abone en su totalidad”, indicó Carbonell.

La situación que viven las farmacias catalanas es similar. La Generalitat les adeuda las facturas correspondientes a los meses de noviembre (94,7 millones de euros), diciembre (99,4) y mayo (115,7). Es decir, una deuda que supera los 300 millones de euros y que los farmacéuticos catalanes esperan que sea resuelta antes de finalizar octubre. Sobre este particular, en un principio las facturas adeudadas por la administración catalana pendientes de este plan de pago ascendían a 2.257,25 millones de euros.

En este caso, las farmacias catalanas tampoco saben cuándo se producirán los pagos, aunque desde los colegios se ha comunicado a los farmacéuticos que probablemente se llevará a cabo entre el octubre y noviembre, “pero no está confirmado oficialmente”, dicen. Antonio Torres, presidente de Fefac, afirma que “si el Gobierno ha impuesto condiciones para que las farmacias puedan cobrar las facturas retrasadas, lo razonable es que fijara una fecha concreta para el pago”. Y es que, critica que se haya “tardado mucho tiempo” en habilitar una solución para acabar con los impagos.

Olvidarse de cobrar intereses

Eso sí, a pesar de que ha sido la totalidad las farmacias catalanas y valencianas las que se han acogido a este plan de cobro, el mismo lleva implícito un condicionante que afecta a sus intereses económicos. Así, el artículo 6 del RDL 8/2013 precisa que los proveedores que se acojan a este plan de pagos deberán renunciar a “los intereses, costas judiciales y cualesquiera otros gastos accesorios”. Es decir, cobrarán las cantidades adeudadas pero no los intereses de demora que ellas sí deberán pagar a distribuidores y bancos.

¿A qué cantidad de dinero generado por los intereses estarían renunciando los farmacéuticos de estas dos comunidades para poder cobrar conforme a este plan? En el caso de la Comunidad Valenciana a unos 17 millones de euros. En el caso de Cataluña a unos 13 millones de euros.

Ponerse al corriente

Si como es presumible los pagos a las farmacias catalanas y valencianas se llevasen a cabo en octubre, esto supondría que después de mucho tiempo se volvería a la normalidad en los pagos. Así, por ejemplo, los colegios valencianos esperan que antes de que finalice el mes la Generalitat les abone la factura correspondiente a las recetas dispensadas durante el mes de agosto con cargo al SNS, unos 90 millones de euros.

Por su parte, desde los colegios catalanes informaron que, tal y como prevé el plan de pagos del ejecutivo catalán, esperan que la factura correspondiente a agosto se pague el 30 de septiembre. Cabe destacar que en junio se acabó con el retraso de 25 días en el pago respecto a lo establecido en el concierto entre la administración regional y los farmacéuticos.

28 de junio de 2013. Se aprueba el RDL 8/2013 contra la morosidad de las administraciones públicas, que recoge la puesta en marcha de un nuevo plan de pago a proveedores.

19 de julio de 2013. Es el plazo que daba el Gobierno a comunidades autónomas y entidades locales para presentar la relación inicial de facturas impagadas anteriores al 31 de mayo de 2013.

24 de julio de 2013. Hasta esa fecha el Ministerio de Hacienda realizó la revisión de las facturas y la subsanación de errores presentes en las mismas.

Del 25 de julio al 6 de septiembre de 2013. Durante ese periodo de tiempo los proveedores pudieron comprobar la relación de facturas y, en su caso, aceptaron el pago a través de este mecanismo. Si un proveedor no estaba incluido en la lista inicial pudo reclamar un certificado individual a la comunidad autónoma de reconocimiento de la deuda contraída.

Hasta el 20 de septiembre. el interventor general de la comunidad autónoma comunicó al Ministerio de Hacienda una relación completa certificada de las facturas que, cumpliendo los requisitos previstos en el RDL 8/2013, fueron aceptadas por los proveedores. A partir de ahí se deberá producir el pago.