| lunes, 06 de mayo de 2013 h |

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido no levantar la suspensión cautelar que pesa sobre la Ley Foral de Navarra de Complementación de las Prestaciones Farmacéuticas en relación a la aplicación del copago farmacéutico por renta. Según el auto, al que ha tenido acceso EL GLOBAL, el Constitucional considera que “el perjuicio económico que, para el objetivo de control del déficit, supondría el levantamiento de la suspensión parece claro, no pudiendo quedar desvirtuado por el efectivo perjuicio que pudiera derivarse para los individuos usuarios del sistema de salud, al incrementarse el porcentaje de copago”.

La decisión no afecta a los apartados primero de los artículos 2 y 4, que establecen que “tendrán derecho de acceso a la complementación de las prestaciones farmacéuticas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos a través del SNS por tener la condición de asegurados o beneficiarios del mismo”.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal ha acordado no pronunciarse sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión del Decreto Foral 117/2012, que establece el procedimiento y las condiciones para el acceso a las prestaciones del Régimen de Universalización de la Asistencia Sanitaria Pública en la Comunidad Foral de Navarra, por no encontrarse vigente al haber sido derogado por la Ley Foral 8/2013, que reconoce el derecho a la asistencia sanitaria gratuita a las personas residentes en su fuero, independientemente de si están en situación regular o irregular.