| miércoles, 03 de julio de 2013 h |

El Ministerio de Sanidad tendrá que resolver un recurso de alzada presentado por la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) contra las cartas remitidas por el director general de Farmacia a los presidentes de Farmaindustria, Fedifar y el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos CGCOF en las que les indicaba la manera de proceder para la devolución de las deducciones del 7,5 por ciento establecidas en el Real Decreto-ley 8/2010. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado el recurso presentado por FEFE ante la resolución del director general de Farmacia en la que se negaba a esta organización su derecho a interponer un recurso de Alzada ante las cartas remitidas.

La resolución impugnada establecía que dichos escritos “se limitan a realizar recomendaciones a las Entidades a las que se dirigen pero que en modo alguno tienen carácter resolutivo”. Por ese motivo, se explica en la resolución que en ellas la dirección general de Farmacia “no adopta ninguna decisión, por lo que no cabe su impugnación”.

No obstante, según el TSJM estos escritos “tienen un evidente carácter normativo, desarrollan la Ley y tienen un cariz reglamentario”. Por ello, este tribunal considera que el Ministerio de Sanidad “debería haber analizado las alegaciones del recurso de alzada” que inadmitió y ordena la “retroacción de este recurso”, de modo que se dicte una nueva resolución conforme a derecho en la que el Ministerio de Sanidad tendrá que resolver sobre el fondo de la cuestión planteada por los farmacéuticos empresarios.

La sentencia también alude al grave perjuicio que se ha ocasionado a los farmacéuticos. “Todos estos procedimientos de aplicación deberían regularse por Sanidad con todas las garantías de transparencia y publicidad”, ha destacado Fernando Redondo, presidente de FEFE. Redondo ha señalado la importancia de una sentencia así “en una época de generalización de los dobles precios de los medicamentos”.