Sergio Alonso
Redactor jefe de ‘La Razón’
| viernes, 04 de abril de 2014 h |

En los últimos años las autoridades sanitarias han mostrado una tendencia voraz a alterar lícitamente las cifras oficiales de gasto farmacéutico para hacer ver a la opinión pública que se ahorraba cuando, en realidad, lo recabado con las medidas de ajuste no era tanto como se decía. Iniciada durante la época socialista y continuada después a pesar del cambio de Gobierno, esta práctica ha gozado de las simpatías y hasta de la complicidad de las administraciones central y autonómica y, por qué no decirlo, de hasta varios de los actores implicados. El fenómeno ha sido especialmente acusado en el caso del traslado de medicamentos de la farmacia al hospital. Las consejerías de Sanidad, por ejemplo, aligeran así la cifra oficial que se difunde cada mes, y en la que se incluyen solo datos referentes a los medicamentos prescritos.

Con ello ganan tiempo para pagar, lo que equivale a decir que pagan más tarde de lo razonable: en vez de a 30 días, a muchos más. Los laboratorios, por su parte, no suelen salir tampoco muy perjudicados, pues aunque con el cambio actúan como financiadores del sistema, se aseguraban hasta hace poco menos cortapisas a la hora de las prescripciones médicas. Y, asimismo, algunas farmacias mostraban reparo con la boca chica: con el cambio, reducen un importante volumen de stocks por unos productos que muestran menores márgenes cuanto mayor coste tienen para los pacientes y para el sistema.

Lo que era una práctica picaresca más o menos tolerada se ha extendido. Las cortapisas a la dispensación por parte de las boticas han pasado de castaño oscuro, y cuando no eran los algoritmos eran las subastas u otros inventos regionales los que acotaban la labor de estos profesionales con el ánimo claro de debilitar su papel en la cadena del medicamento y recabar ahorros a su costa. Por ello, es determinante, por no decir histórica, la sentencia lograda por Ceofa. A través de ella, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado la totalidad del recurso presentado por la patronal farmacéutica de esta comunidad que preside José Luis Márquez, declarando nula la resolución en la que el Servicio Andaluz de Salud disponía que los fármacos de diagnóstico hospitalario se dispensasen solo en los hospitales. La clave es que estas y otras disposiciones vulneran el sacrosanto derecho constitucional de los españoles a acceder a las prestaciones farmacéuticas en condiciones de igualdad, con independencia de dónde sean o del lugar en el que vivan.

El drama de la disposición andaluza, como las normas de otras regiones, es que perjudica en primer lugar al paciente, el último al que se ha tenido en cuenta en esta historia. Ahora, las autoridades deberán rectificar.

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