Redacción / Madrid | martes, 14 de mayo de 2013 h |

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en relación a la posible inconstitucionalidad del artículo 25 de la Ley de Ordenación Farmacéutica de Baleares, que establece que “no podrán participar en el procedimiento para la autorización de una nueva oficina de farmacia los Farmacéuticos que tengan más de sesenta y cinco años en el momento de presentación de la correspondiente petición”. La admisión a trámite implica la suspensión temporal del concurso que actualmente se encuentra abierto en Baleares y que también está judicializado por otras cuestiones.

Cabe destacar que anteriormente el Tribunal Constitucional ya se pronunció en cinco ocasiones acerca del derecho de los boticarios mayores de 65 años a acceder a una oficina de farmacia. En concreto, en 2011 respondió así a las cuestiones planteadas por los tribunales Superiores de Justicia de Galicia, Castilla-La Mancha, Aragón y Extremadura, mientras que en 2012 hizo lo propio respecto a una consulta del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. En todas ellas, consideró que las restricciones por razón de edad vulneraban el artículo 14 de la Carta Magna.

Estas autonomías ya han eliminado estas restricciones de sus normativas farmacéuticas y todo parece indicar que Baleares tendrán que hacer lo propio próximamente, cuando se conozca la sentencia sobre esta nueva consulta.