| miércoles, 17 de julio de 2013 h |

Las enmiendas del Senado al proyecto de nueva Ley de Garantías ha subsanado en parte lo que para la distribución era un “error”: las trabas que se imponían a los farmacéuticos titulares con cualquier clase de intereses económicos directos en almacenes mayoristas, salvo su participación en cooperativas farmacéuticas, y siempre que ésta última no conllevase un posible conflicto de intereses. Es decir, que los farmacéuticos pudieran tener intereses económicos directos en centros farmacéuticos. Sin embargo, estas enmiendas han supuesto que se frene la creación de nuevas cooperativas de distribución por parte de los farmacéuticos.

¿Por qué se impediría la formación de nuevas cooperativas? En este sentido, cabe destacar que la nueva disposición transitoria segunda que recoge el proyecto que está ahora en el Congreso precisa que los farmacéuticos en ejercicio profesional con oficina de farmacia que formen parte o que puedan entrar a formar parte de cooperativas con un mínimo de 20 cooperativistas o de sociedades mercantiles con un mínimo de 100 accionistas o socios, conformadas en ambos casos exclusivamente por los citados farmacéuticos y ya existentes a la entrada en vigor de esta disposición, podrán participar en estas hasta su disolución, siempre que la misma no conlleve un posible conflicto de intereses”.

Entonces, ¿qué pasaría respecto a la formación de futuras nuevas cooperativas? En este caso se aplicaría el apartado 2 del artículo 3 de la nueva ley, que precisa que, “el ejercicio profesional del farmacéutico en oficina de farmacia, en establecimiento comercial detallista, en entidades o agrupaciones ganaderas o en un servicio de farmacia hospitalaria y demás estructuras asistenciales será incompatible con cualquier clase de intereses económicos directos de los laboratorios farmacéuticos y/o almacenes mayoristas”. Es decir, de facto, se impediría la formación de nuevas cooperativas de distribución con capital farmacéutico.