marta riesgo Madrid | viernes, 25 de octubre de 2013 h |

El Consejo de Estado ya ha aprobado su dictamen al proyecto de Real Decreto que regulará la venta legal al público de medicamentos de uso humano elaborados industrialmente, no sujetos a prescripción médica (OTC), realizada a distancia a través de procedimientos telemáticos. Así, y tras pasar ya por el periodo de alegaciones, es el turno del Consejo de Ministros que tendrá que aprobar esta nueva legislación.

Esta nueva normativa permitirá que, a partir de su aprobación, cualquier farmacia abierta al público, legalmente autorizada y que haya notificado a las autoridades competentes de su comunidad una serie de información básica (nombre del titular, fecha de inicio de actividad, dirección de la web e información sobre los procesos de envío) al menos 15 días antes del inicio de esta actividad, podrá comenzar a vender medicamentos sin prescripción médica a través de Internet.

Jaume Pey, director general de la Asociación para el Autocuidado de la Salud (Anefp), cree que esta nueva normativa es una oportunidad para todo el sector farmacéutico en su conjunto, ya que se abre “un nuevo canal de venta regulado y con garantía de seguridad, al contar con el aval de la administración sanitaria”. Así, destaca la importancia que esto supone para la oficina de farmacia, debido a que “les permite contactar y dialogar con el ciudadano, manteniendo la posibilidad de seguir ofreciendo su consejo profesional y atención farmacéutica, a través de la comunicación que puede establecer con el ciudadano y que la normativa contempla”.

Y, en particular, ¿que supone para el sector del autocuidado? Según señala el director general de Anefp, “también es positivo porque es una oportunidad más para mostrar sus productos, siempre con la farmacia y el farmacéutico en el centro del proceso”. Así, recuerda que “el canal on line es cada vez más utilizado por los ciudadanos”.

Respecto a las alegaciones al proyecto de real decreto presentadas por Anefp, esta asociación consideró que en el mismo se debería especificar que se prohíbe la venta telemática con cargo a fondos públicos y no la venta de medicamentos no sujetos a prescripción médica que están incluidos en la presentación farmacéutica del SNS, pero que pueden venderse sin cargo al mismo. Asimismo, estimaron que no tiene sentido incluir limitaciones cualitativas o cuantitativas en la venta telemática de determinados medicamentos cuando no está limitada su venta en la oficina de farmacia física, ya que, en ambos casos, es el farmacéutico el que garantiza la pertinencia o no de la dispensación.

No obstante, Pey, insiste en que esta nueva normativa ayudará a clarificar y poner orden al uso que se hace de este canal y será una herramienta clave para luchar contra la venta online de fármacos falsificados. “Con la presencia de una farmacia acreditada y la intervención de un farmacéutico avalada por la Administración, la trazabilidad en todo momento será demostrable”, afirma. Eso sí, recuerda que en el caso de los medicamentos de autocuidado, “dado su precio asequible”, no se han visto tan salpicados por la falsificación.

Jaume Pey destaca la seguridad que aporta esta nueva normativa, que abre un nuevo canal de venta

El nuevo RD será una herramienta clave para luchar contra la falsificación de fármacos, según Anefp