n Sefac cree que debería primar la conciencia del boticario sobre la estricta legalidad
n Ante estas situaciones se deben crear registros para explicar los motivos personales
irene fernández
Madrid
Las oficinas de farmacias desarrollan un modelo más asistencial y, a la vez que éste cobra protagonismo, enfrenta también a los boticarios ante nuevas cuestiones de conciencia. La polémica por la dispensación de la píldora del día después (PDD) no ha sido ni es la única situación de esta índole. Pero, ¿existe de verdad un verdadero problema de objeción en España? En torno a este debate, un grupo de expertos se dio cita la semana pasada para presentar el libro “Libertad de conciencia y medicamento. Una guía práctica”.
Los profesionales plantearon cinco escenarios en los que el farmacéutico comunitario tiene que apelar a su sentido de la responsabilidad profesional y a su conciencia personal para salvaguardar la salud del paciente: la dispensación excepcional; el alcance de la obligación de dispensar cuando se está de guardia; los problemas relacionados con el coste de los fármacos; las discrepancias entre adjuntos y el titular; y la dispensación de medicamentos con fines sociales. ¿Qué hacer en cada caso?
Según explicó Marichu Rodríguez, presidenta de la Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (Sefac), debe primar la conciencia del boticario sobre la actuación estrictamente legal. Así, por ejemplo, ante una dispensación excepcional en la que el paciente no trae receta, el boticario debería, según ella, primero, preguntarse si es un tratamiento crónico y no debe ser interrumpido o si es un tratamiento de urgencia y el paciente puede acudir al hospital más cercano. “Cuando ocurren estas situaciones el boticario se encuentra ante la disyuntiva de primar el principio de beneficencia o no acatar la ley”, dijo.
Estas situaciones no se contemplan legalmente, a pesar de un intento en vano, en 2009, por hacerlo. Por eso, Rodríguez aconsejó la elaboración en las boticas de un registro cuando se lleven a cabo este tipo de dispensaciones, en el que se expliquen los motivos personales del farmacéutico.
En el caso de la dispensación en los servicios de guardia se aconsejó educar a la población, porque no es lo mismo “pedir una aspirina de urgencia que un paquete de juanolas”. Respecto al problema de objeción por el coste del medicamento, la ley marca que el boticario deberá dispensar el OTC (más caro) cuando no haya receta. Sin embargo, “el paciente nos lo puede recriminar habiendo opciones terapéuticas más baratas”, afirmó Rodríguez.
A este problema se añade otro: el de las discrepancias que existen a veces entre los adjuntos y el titular de la botica. Según la presidenta de Sefac, “el criterio último que debe prevalecer es el del titular, y el adjunto tendrá la opción de escribirlo en un registro si lo desea”.
Polémica PDD
En el último escenario, el de la dispensación con fines sociales, entra en juego la polémica PDD. “Si la misma paciente viene todas las semanas a pedírnosla hay que actuar de la forma más profesional”, dijeron los expertos participantes en el encuentro. Pero, “¿es coherente que un farmacéutico se mueva con distinta conciencia fuera o dentro de la botica?”, se preguntó José López Guzmán, de la Universidad de Navarra. En su opinión “no, porque es un agente moral igualmente”.
Según él, no hay un verdadero problema de objeción en España, sino que los boticarios no tienen amparo. “Si hubieran apoyado a los que se mostraban contrarios a dispensar la PDD, que eran una minoría, hubiera sido un problema anecdótico y el CGCOF debería haberlo defendido”, concluyó.






































