En España existen aproximadamente 21.500 boticas. Desde el 8 de julio, y aunque parezca una temeridad, podría haber una cifra parecida de convenios laborales en el sector de oficinas de farmacia, toda vez que en dicha fecha expiró la ultraactividad del XXIII convenio colectivo nacional, vigente desde 2007 y el cual no tiene visos de ser sustituido a corto plazo por un nuevo texto. La “total” falta de acuerdo entre patronales y sindicatos integrantes de la mesa negociadora lo impide.
Según el parecer de las patronales, no compartido por la parte sindical, la reciente reforma laboral no permite estirar más su ultraactividad. Por ello, hasta nuevo aviso, las farmacias deberán hacer la ‘guerra’ por su cuenta a la hora de fijar las condiciones laborales de sus trabajadores. Esta es la forma de proceder recomendada por las patronal nacional FEFE y la madrileña Adefarma, que han instado a los titulares a que alcancen “acuerdos particulares” con sus plantillas, tomando como referencia parte del texto expirado o el Estatuto de los Trabajadores. Unos acuerdos particulares que para Luis de Luis, presidente del sindicato Unión de Trabajadores de Farmacias (UTF) “serán la tumba del sector”.
Amparándose en la negativa situación económica de la farmacia, las empresariales han concretado “a la baja” sus recomendaciones. Por ejemplo, Adefarma ha remitido una circular a sus asociados en los que “desaconseja” el mantenimiento íntegro de las condiciones (complementos) del XXIII convenio y no acometer “ningún tipo de subida” de la masa salarial de los trabajadores. Asimismo, Juan Vacas, vicepresidente de FEFE, recuerda que aquellos titulares que quieran regirse por el Estatuto de los Trabajadores “pueden incluso apoyarse en su artículo 41”. ¿Qué dice el mismo? Permite a los empresarios realizar modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo (horarios, salarios) cuando existan “probadas razones económicas”.
Cataluña se mueve
La opción de que existan tantos convenios como boticas es solo una posibilidad ‘matemática’ pero, por fortuna, difícil de convertirse en realidad, puesto que ya han empezado a surgir iniciativas grupales en respuesta al fin de la ultraactividad del texto estatal.
El camino ha sido abierto por las farmacias de Gerona, Tarragona y Lérida que, tras las fructíferas negociaciones entre su patronal Fefac y los sindicatos regionales, firmaron el mismo 8 de julio su primer convenio intraprovincial que permite su desvinculación del convenio estatal y por el que se regirán las condiciones laborales en estos establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2014. Como uno de sus puntos principales, en este convenio no se plasma incremento alguno del salario para 2013 pero sí un aumento del 0,5 por ciento para 2014. Este convenio catalán no afecta a las boticas de Barcelona, las cuales ya contaban desde 2011 con su propio texto.
¿Nueva visita a la AN?
El XXIII convenio colectivo podría volver próximamente a un lugar conocido: la Audiencia Nacional. Su vuelta a este tribunal sería una de las consecuencias de la demanda que presentó la semana pasada el banco sindical (UTF, CC.OO. y UGT) contra las empresariales FEFE y Fenofar ante el Sistema Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) por su “abandono” de las negociaciones para un nuevo texto. Se inicia un nuevo proceso de arbitraje por el SIMA “que finalizará dirimiéndose en sede judicial”, atisba el presidente de UTF.
Pero aún hay más. Para la parte sindical, la ultraactividad del XXIII convenio colectivo sigue vigente puesto que las patronales “no han plasmado mediante documento oficial la ruptura de las negociaciones y, por tanto, debemos entender que el proceso negociador sigue abierto, lo que valida a su vez el mantenimiento de su ultractividad”. Desde la otra parte se consideran “rotas” las negociaciones desde el pasado 9 de abril, fecha en la que se celebró la última reunión de la mesa negociadora.
Además de la presentación de esta denuncia, los sindicatos celebraron este 14 de julio concentraciones en las sedes provinciales de las patronales en las que exigieron “la reposición de los derechos de los trabajadores”.






































