En materia de precios, tenemos una profusión de adjetivos más propio de una retahíla que de una norma
Hace unas semanas nos hacíamos eco de algunas ideas aportadas por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en relación con la inminente modificación de las normas en materia de financiación, evaluación y precios de los medicamentos. Decíamos que sería muy bueno que Sanidad tomase buena nota del informe de la CNC, que tiene la frescura de quien se puede permitir analiza un tema desde una cierta distancia. Frente a documentos como el de la CNC nos encontraremos siempre, en el extremo opuesto, posiciones ancladas en intereses colectivos de distintos grupos, que no cabe confundir con los intereses generales a los que debe rendir cuentas quien gobierna.
Es fácil imaginar la complicadísima situación en la que se encuentra el equipo de Agustín Rivero. Por un lado, el Real Decreto-ley les obliga (Disposición Final Octava) a adoptar cuantas medidas sean necesarias para la aplicación efectiva de lo dispuesto en el mismo. Además, deberían hacerlo rápido, porque la urgencia es lo que justifica el Real Decreto-ley. Por otro lado, cada colectivo va lanzando sus mensajes y moviendo ficha en defensa de sus posiciones. No se piensen que solo el sector privado presiona, también son más de una las administraciones públicas, autonómicas o no, que juegan su papel. En fin, que los técnicos del Ministerio lo tienen complicado. Desde aquí, unas palabras de ánimo y un par de ideas más, también desde una cierta distancia.
La primera es que tengan muy presente que, en las normas, tan importante es lo que se dice como la forma en que se redacta. A los destinatarios de las normas les suelen crear más problemas las imprecisiones, las lagunas, las confusiones, que el propio contenido de la norma. A cualquier empresa le puede doler tener que soportar una carga económica, como sucedió con el famoso 7,5 por ciento, pero lo que genera mayor desazón es no saber con certeza cuáles son los parámetros que se deben seguir para su aplicación.
Recomendamos simplificar. En España, en materia de precios de medicamentos, tenemos una profusión de adjetivos más propio de una retahíla que de una norma. Hay normas que hablan de precio industrial, otras de precio venta laboratorio, de precio menor, de precio más bajo, de precio de referencia, de precio libre, de precio notificado, de precio seleccionado. ¡Por favor! El tema viene de lejos, ¿se acuerdan del Precio Nuevo Margen y del Precio Margen Reducido? El mercado farmacéutico puede ser complicado, pero no tanto; así que sugiero simplificar y no dar argumentos a quienes recuerdan jocosamente la escena de Groucho Marx hablando de las partes contratantes.
Para acabar, no olviden que los verdaderos intereses generales son los de los pacientes, esos que están esperando ser tratados con un medicamento que después de haber sido aprobado, con todo lo que ello supone, está únicamente pendiente de que el Estado decida si lo incluye en la prestación farmacéutica o no. En estos pacientes, especialmente en los que no podrán conseguir el producto a menos que el Estado decida financiarlo; es en quien más se debe pensar a la hora de redactar el Real Decreto.
@FausJordi en Twitter






































