El sistema ya tiene previsto situaciones para las que se puede reclamar a terceros el coste de la atención
Esta semana, el debate sobre los comas etílicos de los adolescentes ha llegado a las páginas de varios diarios. El simple hecho de tratar el tema revela que se trata de un problema serio, que precisa de un tratamiento integral. Hay mucho trabajo por hacer en las familias, en los centros escolares, en los establecimientos donde se vende alcohol, en la publicidad, en el entorno laboral, nadie queda a salvo de una reflexión que es necesaria.
En este contexto, se anuncia la posibilidad de multar a los padres que no pongan freno a los excesos alcohólicos de los menores (La Vanguardia, 6 Junio) y el responsable del Plan Nacional sobre Drogas, Francisco Babín, declara que no hay urgencia de cualquier Hospital de España que a lo largo del fin de semana no trate varias intoxicaciones etílicas en menores.
Analizado el tema desde un punto de vista jurídico, me sorprende cómo se está construyendo el discurso. Se dice que si un menor es atendido en varias ocasiones por intoxicaciones etílicas se avisa a los padres, y que si reincide estamos ante un caso de maltrato ya que el alcohol provoca secuelas y deficiencias en los menores; y que los padres tienen que pagar una multa por ello. Creo que el planteamiento está mal orientado por estar plagado de conceptos indeterminados, por bordear tipos delictivos del Código Penal, y por ser, en definitiva, de muy difícil aplicación.
Seguramente sería más atrevido y más eficaz, aunque sin duda más polémico en un primer momento, plantearse hasta qué punto el Sistema Nacional de Salud debe costear el tratamiento de urgencia de los comas etílicos.
Tratar sobre el coste de las atenciones sanitarias a personas que son directamente responsables de su dolencia es muy complejo; y enseguida habrá quien alce la mano para preguntar si, abierto el melón, el Sistema debe costear el tratamiento de cáncer de pulmón a los fumadores o la diabetes tipo dos de los obsesos.
De acuerdo, el tema no es sencillo, pero no olvidemos que las normas ya tienen previstas varias situaciones en las cuales el Sistema puede reclamar a terceros el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias facilitadas. Este régimen está previsto (Anexo IX del Real Decreto 1030/2006) cuando el usuario del sistema está obligado a contar con un seguro (por ejemplo, seguro escolar, seguro de vehículos a motor, viajeros, caza, u otros) así como cuando en virtud de norma legal o reglamentaria, el importe de la atención deba ser a cargo de terceros.
Es decir, con las normas actuales, si un hospital público atiende a un herido en un accidente de coche, o a un niño que ha sufrido un percance en la escuela, el Sistema debe reclamar a la compañía de seguros el pago de la factura de la atención prestada. Siendo así, ¿no sería razonable que el Sistema pueda reclamar el coste del servicio prestado a quienes piden que se les trate de un coma etílico? Los padres deberían hacerse cargo del coste si el tratado es un menor; y siempre podrían establecerse algunas excepciones, pero ya basta de subvencionar el botellón con dinero público. Ahora que sus Señorías han decidido que ya no disfrutarán de Gin Tonics a precio de saldo tal vez es un buen momento para plantearlo.
@FausJordi en Twitter






































