Cobro de facturas 20 días después de la mensualidad a la que corresponda. Esa es la propuesta que los colegios farmacéuticos de Comunidad Valenciana han trasladado a su Generalitat en su borrador final de nuevo concierto económico, y a la que ahora deberá responder la administración regional. “Ni más ni menos que los plazos por los que cobran la mayoría de los compañeros del resto de España”, defiende Fe Ballestero, presidenta del Consejo Valenciano de Colegios Farmacéuticos y del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Alicante.
Hay quien piensa que la propuesta de la farmacia valenciana, presentada el 21 de enero, peca de optimista, dado que las boticas de esta región sufren impagos desde 2012, que llevan actualmente a cobrar la factura 60 días después de presentarse. No obstante, entra en el ‘abc’ de toda negociación abandonar los extremos para acercarse a un término medio. Y es que, la idea inicial de los colegios pasaba por exigir el pago en función de la Ley de Morosidad y, por parte de la consejería regional, abonar las facturas en los 30 días posteriores tras su presentación. Jaime Giner, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia, dice que la propuesta pasa por “cobrar a los 20 días siguientes al mes al que corresponda la facturación, al margen del día en que se presente”.
Donde los colegios farmacéuticos no dejan chance para la negociación es en el derecho a cobrar intereses de demora si en el futuro se incumpliese el plazo que pacten ambas partes. El borrador final transmitido a la consejería recoge este derecho, que ya ha sido refrendado por los tribunales, además de proponer la creación de un “órgano competente independiente” al que dirigirse para resolver estas reclamaciones, que sería el único paso previo a una hipotética posterior vía judicial.
Facturaciones ‘excepcionales’
Al margen de este modelo general de facturación y cobro, los colegios valencianos plantean facturaciones “excepcionales” para determinadas farmacias regionales (como son las conocidas como ‘farmacias de playa’), las cuales quedarían exentas de realizar facturaciones mensuales para hacerlo por periodos distintos (trimestres o cuatrimestres).
La causa de estas excepciones radicaría en que este tipo de boticas ubicadas, por ejemplo, en urbanizaciones de segundas residencias, solo tienen unos meses de rentabilidad (coincidiendo con la época estival) y el resto del año serían boticas en viabilidad económica comprometida (VEC), lo que hace que presenten números muy dispares entre facturaciones. Desde los colegios estiman que si se alargan los plazos de presentación de facturas se conseguiría un equilibrio de las mismas “beneficioso para todas las partes”, dice Ballestero, que permitiría que “ni en los dos meses de mayor rentabilidad tuviese que desembolsar una gran cantidad de deducciones ni tuviese que recibir durante diez meses seguidos la aplicación del índice corrector”.






































