| viernes, 20 de febrero de 2015 h |

En la inauguración de los primeros Juegos de la Edad Moderna, celebrados en Atenas en 1896, el barón Pierre de Coubertin hizo suyo el lema ideado por su amigo, el dominico francés fray Henri Didon, para el frontispicio del colegio Alberto Magno de París: “Citius, altius, fortius” (locución latina que significa “más rápido, más alto, más fuerte”). Tres palabras, convertidas en lema Olímpico, que bien podrían ser el eslogan del modelo de farmacia español, un sistema que se encuentra desde hace casi una década en el punto de mira de los intereses liberalizadores.

¿Citius? Porque a través de la red de 22.000 farmacias los ciudadanos pueden acceder a sus medicamentos de forma rápida, permitiendo que el medicamento llegue en condiciones de igualdad al ciudadano del medio urbano y del pueblo más recóndito de la geografía española. ¿Altius? Porque ha llegado a unas cuotas de eficiencia que se pueden demostrar con datos (el 99 por ciento de la población dispone de una farmacia en su propio municipio, el número de habitantes por oficina de farmacia se sitúa en torno a los 2.200, cada año las boticas ofrecen 182 millones de consejos sanitarios ajenos a la dispensación, el valor del ahorro producido al SNS alcanza un nivel anual que supera los 1.700 millones de euros…). ¿Fortius? Porque, hasta el momento, ha sido capaz de sobreponerse a los intereses liberalizadores internos y externos (El último capítulo de la batalla liberalizadora se abrió el pasado 2 de febrero, cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia informó del inicio de un estudio para estudiar las restricciones) y a la crisis económica que ha golpeado con fuerza a las farmacias.

Un modelo basado en dos pilares: planificación y propiedad-titularidad. El primero se inicia con el Decreto de 24 de enero de 1941, que pasó del libre establecimiento a limitar el número de farmacias en base a criterios de habitantes y distancias. Una planificación, simplificada por el Real Decreto 909/78, que obligaba a las boticas a establecerse en barrios periféricos y en pueblos donde no llegaba la atención farmacéutica. El segundo, se remonta a la propia historia de la farmacia española, con la separación legal obligatoria entre médicos y farmacéuticos publicada en 1240 por el reino de las dos Sicilias de Federico II de las Ordenanzas Medicinales.

Dos pilares que se han mantenido en el tiempo, con evoluciones, y que libran una batalla para pervivir desde que el 13 de julio de 2005 la Comisión Europea (CE) emplazó a España a modificar las restricciones al libre establecimiento de farmacias. Fue ahí cuando se inició un tortuoso camino que ha tenido innumerables paradas: el 28 de junio de 2006 la CE abrió un dictamen motivado contra España, Austria, Alemania, Francia, Italia y Portugal; el 19 de mayo de 2009 el Tribunal de Luxemburgo falló que los estados son soberanos para decidir el nivel de protección de salud pública; el 1 de junio de 2010 el mismo tribunal avaló, con justificación, la planificación; el 24 de noviembre de 2011 el colegio de comisarios de la UE aprobó el cierre definitivo del dictamen motivado español; el 28 de diciembre de 2012 un primer borrador de la Ley de Servicios Profesionales del Ministerio de Economía abogaba por romper el binomio titularidad-propiedad…