¿Son lo precios seleccionados una “copia” de la subasta? Gobierno y Junta no se ponen de acuerdo. Analizados ambos planteamientos, el meollo de la cuestión no radica tanto a nivel conceptual (que también), sino competencial.
Andalucía solo ve diferencias en los criterios de aplicación (los precios seleccionados solo se pueden aplicar a fármacos sometidos a precios de referencia o, en su caso, a agrupaciones homogéneas que cumplan características sanitarias o económicas, mientras que en Andalucía se pueden convocar todas las agrupaciones homogéneas) y de selección (la subasta no modifica el precio del medicamento y los precios seleccionados sí). En cambio, para el Ministerio, los precios seleccionados se alejan del concepto subasta. El director general de Farmacia, Agustín Rivero, mencionó para ello la palabra “competencia”, un término que según Beatriz Cocina, abogada de Uría, es el eje de la cuestión.
A juicio de esta experta, lo que el Estado critica del sistema de subastas “no es el sistema en sí, sino que se haga por una administración autonómica sin competencia para ello y que genera una desigualdad con el resto del territorio”. Desde este punto de vista, defiende la filosofía del sistema de precios seleccionado: ahorrar, pero garantizando la igualdad de todos los españoles.
¿Hay diferencias?
Haberlas haylas, al menos a nivel conceptual. Tal y como está planteado, el esquema estatal es más amplio, dice Cocina. Y esa amplitud no la da el borrador de Precios, sino el Real Decreto-ley 16/2012. El punto 8 del artículo 93.bis, relativo a los precios seleccionados, estipula que “aquellos medicamentos y/o productos sanitarios que superen el precio máximo financiable quedarán excluidos de la financiación por el SNS”. En Andalucía pasa lo mismo, pero solo en casos de PPA.
No es esto lo único que lleva a Cocina a considerar “más light” el sistema andaluz. Al desarrollar los precios seleccionados, el borrador se refiere constantemente a “conjuntos de referencia y agrupaciones homogéneas”, es decir, a principios activos. Pero a la hora de especificar las razones económicas que pueden aconsejar su uso, el texto menciona “diferencias entre precios de integrantes de los conjuntos de referencia y/o de las agrupaciones homogéneas pertenecientes al mismo subgrupo ATC3 [indicación terapéutica] superiores al 100 por cien”. Cocina alerta sobre este punto: “No sé si lo que están queriendo decir es que se van a mezclar conjuntos para los precios seleccionados, porque entonces son ATEs”, señala. Pese a todo, es previsible que en la práctica el impacto de ambos sistemas sea muy similar, ya que casi toda la prescripción se realiza ya por principio activo.
Una última pregunta ronda este debate… ¿Supondrán los precios seleccionados el fin de las subastas andaluzas? La Junta seguirá con ellas si ve margen de eficiencia. Pero puede que no. Y no sería la primera vez que ocurre. Andalucía ya ‘parió’ el visado de inspección de fármacos que fue recurrido (y anulado) por el ministerio y luego éste lo extendió a todo el SNS.






































