J.R-T. Madrid | viernes, 05 de junio de 2015 h |

El objetivo de la patronal española de medicamentos genéricos se diluyó minutos antes del comienzo de la Comisión de Industria donde se aprobaba la Ley de Patentes. El grupo parlamentario de Convergencia i Uniò (CiU) decidió retirar la enmienda número 79 que instaba a incluir en el texto legislativo la denominada Cláusula de Exportación, mediante la cual se permitía la venta de fármacos genéricos en el extranjero a pesar de que en España aún perdurase la protección del medicamento de referencia. “Hemos decidido que el momento actual no era el adecuado para discutir sobre este tema”, justificaron fuentes de la agrupación política su decisión de retirar la enmienda minutos antes del comienzo de la comisión.

Según ha podido saber EG, uno de los motivos por el cual la enmienda no llegó al debate parlamentario es que España no quiere ser pionera en Europa en la inclusión de esta cláusula. Sin embargo, hace escasamente un mes el Comité de Comercio Internacional del Parlamento Europeo instaba a la Comisión Europea a estimular la exportación temprana de genéricos y biosimilares a países donde haya caducado la patentes. Este impulso no ha sido suficiente para que CiU impulsara la discusión de su enmienda en la tramitación de la Ley de Patentes.

Entre las enmiendas que sí han contado con el respaldo mayoritario de los grupos parlamentarios destaca una que retrasa un año, hasta el 1 de abril de 2017, la entrada en vigor de la ley. Además, se reconoce a los trabajadores de empresas españolas el derecho a participar de los beneficios que se obtengan de las invenciones que propongan para mejorar los procesos productivos en su empresa, así como obtener una “compensación razonable” por las mejoras técnicas no ‘patentables’ que garanticen a su empleador una “posición ventajosa”. Por otra parte, se prorroga hasta los cuatro meses el plazo total para presentar pruebas o completar alegaciones a una oposición a los modelos de utilidad siempre que ésta se haya solicitado en el plazo previsto inicialmente, de modo que no se prolongue el “periodo de incertidumbre para el solicitante”, que requiere de rapidez en la concesión de este tipo de protección.

En cuanto a las tasas, se mantendrá fija la de mantenimiento de la prórroga y se incluye la posibilidad de devolver también el 75 por ciento de la tasa en función de si el informe sobre el estado de la técnica se basa, parcial o totalmente, en el informe de búsqueda internacional. Además, se eliminan “cargas administrativas innecesarias” y se eleva la tasa por formulación de oposición. En la misma línea, se precisa que las exenciones para Pymes y emprendedores se aplicarán a partir del tercer año ya que durante los dos primeros ejercicios están exonerados.