Érase una vez un convenio colectivo para oficinas de farmacia, el XXIII de su generación, que nació con un principal objetivo: regular las condiciones laborales de sus trabajadores para el periodo 2007-2010. Era lo más parecido al ‘hijo perfecto’ que patronales y sindicatos querían tener.
Sin embargo, a medida que cumplía años comprobó que su vida no iba a ser un camino de rosas. El ambiente en el que crecía no era el adecuado. Su primer contratiempo vino el 8 de julio de 2008, fecha en la que la Audiencia Nacional (AN) reconoció la paternidad que sobre él también debía ostentar la patronal Fenofar (que representa a las boticas de Madrid, Barcelona y Cartagena), y que no fue invitada a participar en la mesa negociadora en el que se gestó. Para evitarle nuevas complicaciones, Fenofar le reconoció tal y como fue concebido.
Dos años después, en 2010, la Dirección General de Trabajo rechazó su validez, ya que parte de su articulado no se ajustaba a la legislación vigente. Por todo ello, más la suma de nuevos pasos por la Audiencia Nacional, el XXIII convenio colectivo no pudo materializar su bautismo oficial (véase su publicación en el BOE) hasta el 7 de enero de 2011. O, lo que es lo mismo, una semana después de la fecha en la que debería haber comenzado su jubilación. Además, todos estos affaires le dejaron el sinsabor de no presumir en estos cuatro años de eficacia general. Solo limitada.
Enero de 2011 era la fecha elegida para que fuese relevado por su sucesor, el XXIV convenio colectivo. Pero el divorcio entre sus progenitores impidió que se produjese el mismo. El XXIII convenio debía, por tanto, seguir prestando unos años más de servicio. El problema no acababa ahí, ya que tampoco había acuerdo sobre cómo canalizar su futuro. Tras innumerables e infructíferas reuniones para llegar a un acuerdo, la mesa negociadora dejó que, una vez más, la Audiencia Nacional fuese el tutor que decidiese su futuro. Y este tutor tomó el 12 de febrero de 2013 una decisión salomónica: mientras que el XXIII no fuese sustituido, se debían aplicar las subidas salariales ligadas al IPC para los años 2011, 2012 y 2013 (solicitud del bando sindical) pero sin plasmarse en tablas salariales (solicitud empresarial).
Este cuento sin acabar sumó un nuevo capítulo este 8 de julio, previo paso por el 9 de abril, cuando las patronales FEFE y Fenofar dieron por “definitivamente rotas” las negociaciones del XXIV convenio nacional. La llegada del 8 de julio obliga, según las patronales, a la jubilación forzosa del XXIII convenio, según lo que dicta la reforma laboral. En cambio, para los sindicatos (UTF, CC.OO y UGT), aún es posible mantener su ultraactividad y llevarán este enésimo debate a la AN. ¿Les suena? Por tanto, este cuento de nunca acabar tendrá nuevas ediciones. Si lo buscan en las librerías, háganlo bajo el título “La historia interminable”.






































