A falta de premura en la elaboración de la Orden de Precios de Referencia (OPR), Sanidad se ha volcado en buscar la fórmula legal para poder acortar el periodo de convivencia establecido y hacer efectivo el texto a partir de septiembre. La necesidad de ahorro, el arma esgrimida por el Ministerio de Sanidad, es el argumento bajo el cual se sustenta la maniobra jurídica. Sin embargo, los servicios especializados a los que ha consultado Sanidad ya han planteado la imposibilidad de cambiar el plazo de convivencia en esta fase de tramitación.
La incompatibilidad legal se apoya en que la orden debería recoger desde su redactado inicial el cambio en el periodo de convivencia. Modificar ahora los plazos sería vulnerable ante cualquier recurso, pero Sanidad seguirá buscando el resquicio para no perder los 35 millones de ahorro, un 25 por ciento del estimado para 2013, que supone cada mes de aplicación de la orden. Toda esta maniobra se produce tras la recepción de la OPR el pasado 28 de mayo por el Consejo de Estado. La fecha solo habilitaba al órgano consultivo 24 horas para elaborar su dictamen y que el texto fuese publicado en el BOE antes del 3 de junio, algo materialmente imposible.
Según han confirmado desde el Consejo de Estado, el dictamen no se sometió a la Comisión Permanente que se celebró el jueves. Las mismas fuentes indican además que en este asunto “se han solicitado varias audiencias del expediente, lo cual retrasará su aprobación definitiva”. Ante este previsible revés si se tienen en cuenta los plazos necesarios del Consejo de Estado, la norma no entrará en vigor en farmacias hasta el próximo mes de octubre, a pesar de lo cual, fuentes de Sanidad han asegurado a este periódico que tratarán de hacerla efectiva en septiembre. En cualquier caso, la ministra del ramo, Ana Mato, así como el Ministerio de Hacienda, ya han sido avisados de la más que probable pérdida del ahorro.
Las causas del retraso
Esta demora en el envío de la OPR al Consejo de Estado, además de haber estado “ultimando todos los flecos”, se debe a que tres autonomías “han enviado sus informes con retraso y se ha querido incluir sus alegaciones para tener a todos en cuenta”, explican fuentes de Sanidad. Los detalles a los que se refiere sanidad incluyen uno de los aspectos más polémicos de la OPR: la desaparición del umbral mínimo. Tras un análisis pormenorizado sobre el impacto negativo de esta decisión, Sanidad, atendiendo a las peticiones de la industria, incluyó en la orden un umbral que “si bien no será el deseable” al menos buscará no ridiculizar mediante un precio irrisorio la utilidad de ciertas presentaciones.
Otro de los guiños que Sanidad ha querido incluir a última hora en la OPR y que también ha repercutido en el retraso del redactado final será el precio de referencia ponderado para algunos grupos. Se calculará partiendo de los datos de consumo de los últimos doce meses disponibles de la facturación de receta oficial del SNS (julio-2011 a junio-2012) y será utilizado, según ha podido saber EG para determinados tipos de medicamentos. En concreto, en dosificaciones especiales de bajo contenido de principio activo o presentaciones con utilidad en enfermedades graves.
Cualquier ley u orden ministerial que llegue al Consejo de Estado debe pasar por distintos estamentos del órgano consultivo hasta que el dictamen, ya sea favorable o no, sea devuelto al remitente. La Orden de Precios de Referencia tuvo entrada el día 28. Una vez registrado, se envía a la Sección que tiene asignado el ministerio de donde procede, en este caso Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. El letrado al que se le adjudica el expediente, por riguroso orden de entrada de los asuntos en la sección, estudia el expediente y prepara un proyecto de dictamen. Este texto se debe aprobar por el Consejero Presidente. De ahí se eleva para su aprobación a la comisión permanente, que se celebran semanalmente y por regla general los jueves, y posteriormente al pleno, de ser competencia del mismo, y que se celebra de manera mensual.
En el caso de la OPR, que se trata de una consulta facultativa por la vía de urgencia, el Consejo de Estado dispone de quince días para elaborar el dictamen y ser aprobado por la comisión permanente.






































