J. NIETO Madrid | miércoles, 01 de mayo de 2013 h |

El fondo de compensación acordado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos y Farmaindustria, un procedimiento que permitirá a las oficinas de farmacia recuperar la diferencia entre los precios de compra de los medicamentos que fueron desfinanciados a través de la Resolución de 2 de agosto de 2012 de la dirección general de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad pero que continúan financiados para determinadas indicaciones, se pondrá en marcha de manera inmediata. Así lo confirmaron a EG fuentes de ambas instituciones, una vez que el pasado 27 de abril la dirección general de Tributos diese respuesta acerca del tratamiento fiscal a efectos de IVA del nuevo régimen de fijación de precios.

De esta forma, tal y como se trasladó a los diferentes colegios provinciales de farmacéuticos, y una vez que desde enero en los nomenclátor oficiales se han incorporado precios notificados distintos al precio financiado de algunas presentaciones de medicamentos desfinanciados que se pueden seguir dispensando con cargo al Sistema Nacional de Salud para determinadas indicaciones, tanto el Consejo General como Farmaindustria han coincidido en establecer este fondo de compensación. Un fondo que, “operará exclusivamente en estos medicamentos” y no en otros que, de acuerdo a la nueva redacción del artículo 90 de la Ley de Garantías, puedan tener un precio notificado distinto al de financiación.

¿Cómo funcionará?

El funcionamiento de este sistema significará que los laboratorios que apliquen un precio notificado superior al financiado reintegrarán a las farmacias la diferencia entre el precio de compra de estos fármacos al colegio correspondiente o, en su caso, directamente a la farmacia que lo solicite. Es decir, que una vez que los colegios provinciales de farmacéuticos informen a sus farmacias del procedimiento y Farmaindustria a sus asociados de la posibilidad de adhesión voluntaria al mismo, los colegios enviarán a la patronal, antes del 10 de mayo, información correspondiente a la facturación agregada de cada presentación correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo.

¿Para qué necesita Farmaindustria esta información de facturación de las oficinas de farmacia? Porque la empresarial tiene que calcular el importe de la liquidación correspondiente al primer trimestre del año y, en base a ella, el importe de entrega a cuenta del segundo trimestre. Un sistema similar al empleado en relación con el fondo para compensar el 7,5 por ciento de descuento del RDL 8/2010, para certificar que el fondo se ajusta a la legalidad.

¿Cuándo se procederá al reintegro? Según el acuerdo establecido, “con el fin de evitar que las farmacias soporten un mayor precio de compra en los medicamentos que adquieran y que pudieran ser dispensados con cargo a fondos públicos, como máximo el día 20 del primer mes de cada trimestre natural, los laboratorios adheridos al procedimiento realizarán una entrega a cuenta por la cantidad estimada que resulte en función de la facturación de esos medicamentos durante el trimestre anterior”. Una cantidad que se regularizará con la información de las dispensaciones realizadas al finalizar el trimestre correspondiente.