Las patronales han dado por rotas las negociaciones del nuevo convenio colectivo de oficinas de farmacia después de que, según fuentes de las empresariales, desde los sindicatos no se aceptase las condiciones ofrecidas para llegar a un acuerdo. En este sentido, cabe destacar que las patronales presentes en la mesa de negociación (FEFE y Fenofar) aceptaron la propuesta de los sindicatos para que durante seis años (de 2011 a 2016) se llevase a cabo un incremento salarial de un 0,5 por ciento. Sin embargo, tal y como destacaron estas fuentes consultadas, los sindicatos no hicieron lo mismo acerca de dos condicionantes puestos por las empresariales sobre la mesa, motivo por el que se dieron por rotas las negociaciones.
¿Cuáles eran estas condiciones para alcanzar el acuerdo? Por un lado, suprimir la paga de beneficios. Por otro, o bien quitar el plus de adjuntía o bien incrementar de 1762 a 1770 las horas laborales anuales para los trabajadores. Estos dos puntos, finalmente, no fueron aceptados por los sindicatos. “No comprenden que la situación actual no tiene nada que ver con la que existía antes, que la situación de las oficinas de farmacia es muy complicada”, destacaron desde la patronal FEFE.
Sentencia
Cabe destacar que la ruptura de las negociaciones se produce después de que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional acordó el pasado 12 de febrero, tras denunciarse que no se aplicaban las subidas salariales correspondientes, que mientras no se concrete un nuevo convenio los trabajadores tienen derecho a incrementos salariales anuales acorde con el IPC de cada ejercicio, tal y como reclamaba la parte sindical (UTF, UGT y CCOO). Por contra, también estimó que no existía “obligación legal ni convencional” de que las subidas se plasmen en tablas salariales, como defendían las empresariales (FEFE y Fenofar), que optaron por aplicarlas “a cuenta de convenio”.
La sentencia dio validez al contenido del artículo 4.2 del XXIII convenio colectivo, en el que se indica que “una vez denunciado el convenio y en tanto no se llegue a un acuerdo expreso sobre el nuevo texto, se entenderá que su contenido normativo se prorroga automáticamente, incrementándose anualmente los conceptos retributivos incluidos en las tablas salariales, en la misma cuantía que el IPC real del año anterior (…) por lo que se hace absolutamente evidente que dicho precepto obliga a las empresas del sector a incrementar las tablas 2011 con el 2,4 por ciento del IPC de 2012”.
En la vista, las patronales solicitaron acogerse a la cláusula rebus sic stantibus para no aplicar incrementos, siendo desestimada su petición. Esta cláusula alude a un principio de derecho por el cual se puede desatender alguna estipulación si se produce una alteración de las circunstancias existentes cuando se celebró. Las patronales aluden para ello a la actual crisis económica que viven las farmacias, pero la sentencia dice que “sí tenían pleno conocimiento de la crisis en la fecha en la que se decidió reproducir el convenio, por lo que ahora no pueden apartarse unilateralmente de él”.






































